Las vías que encontramos para poder reclamar una indemnización por negligencia médica, aparte de la penal, son la vía contencioso administrativa y la vía civil. Estos procedimientos son largos, es decir, no reclamas y en un par de meses logras una indemnización (a veces sí, pero en un 0.1% de los casos).

Según contra quién reclames, habrá que utilizar una vía u otra. En el caso de querer reclamar una indemnización por una negligencia médica ocurrida en un Hospital de la sanidad pública, es decir, de la Seguridad Social, la vía para ello será la Contencioso Administrativa.

Lo primero que habrá que presentar será una reclamación administrativa previa a la vía judicial. Es la llamada vía patrimonial previa, necesaria para poder presentar una posterior demanda en caso de desestimación de la reclamación.

La Administración tiene 6 meses para resolver. Pueden ocurrir dos cosas:

  1. Que entre a resolver, y entonces inicie el procedimiento, recabe los datos para realizar el expediente administrativo, así como informes del Servicio Médico interviniente.
  2. Simplemente que no responda a nada, en cuyo caso se entenderá desestimada.

Si nos desestiman la reclamación, entonces es el momento de presentar un recurso contencioso administrativo. Podremos presentar el recurso dentro de los 2 meses siguientes a la Resolución expresa, o 6 meses desde la presunta desestimación.

Con posterioridad nos darán plazo para presentar Demanda, luego contestarán a la demanda (para lo cual darán 20 días hábiles de plazo). Una vez estén en poder del Juzgado la demanda y las contestaciones que, en su caso se hayan presentado (Aseguradora), señalarán día y hora para la práctica de las pruebas que se hayan admitido (testigos, periciales…). Tras esto, señalarán plazo para que se presenten conclusiones, concretamente 10 días hábiles para cada parte. Y por último, llegará la ansiada Sentencia.

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