Al hilo de una Sentencia que ha dictado la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, explicamos cómo un error en el diagnóstico de un infarto puede llegar a ser indemnizable.
En este caso, se trata de una demanda civil que se presentó en Primera Instancia y fue desestimada. Ha tenido que recurrirse en segunda instancia ante la Audiencia para poder lograr una indemnización.
Esta sentencia entiende que, aunque el paciente no presentó sintomatología clara de un infarto, las pruebas que se le hicieron en el Servicio de Urgencias del Hospital fueron insuficientes, ya que en el electrocardiograma se mostraban algunas alteraciones que no se interpretaron bien, derivando al paciente a neumología por sospecha de tromboembolismo, en vez de haber realizado más pruebas antes de derivar al paciente a un servicio concreto.
Desgraciadamente estas situaciones ocurren bastante a menudo.
En este caso finalmente la familia ha podido cobrar una indemnización de 132.821 €, más otros 69.000 € en concepto de intereses