¿Sabías que existe la posibilidad de reclamar directamente a la Aseguradora del Hospital o centro donde se ha producido la negligencia médica?
Se llama acción directa, y está regulada en el artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro.
Es una opción que existe para poder demandar por vía civil a la compañía aseguradora, en virtud del contrato de seguro de responsabilidad civil que tiene contratado el Servicio de Salud correspondiente (o lo que es lo mismo, la Administración).
Por medio de esta acción, el perjudicado tiene derecho a demandar directamente a la Aseguradora solicitando una indemnización por los daños y perjuicios causados.
El plazo de prescripción para poder reclamar por medio de la acción directa es de un año desde que se han producido los hechos.
El asegurado estará obligado a proporcionar el nombre del seguro que tiene contratado.
Por supuesto, la aseguradora responderá sólo del límite que tenga asegurado en la póliza contratada, y es preciso asegurarse de que el siniestro por el que se reclama está cubierto por la misma.
Para ver las opciones que tienes en caso de haber sufrido una negligencia, y las vías de reclamación posibles, lo mejor es que contactes con un abogado especialista en estos temas.