Para que una reclamación sobre una supuesta negligencia sea exitosa, tienen que darse una serie de requisitos, para que se pueda declarar la responsabilidad de los profesionales sanitarios.

Estos requisitos los ha ido configurando el Tribunal Supremo en sus Sentencias, y son los siguientes:

1.- Una actuación contraria a la Lex Artis.

La Lex Artis es a lo que se tienen que ajustar los profesionales sanitarios, es decir, se tienen que ajustar a la práctica habitual y admitida por la comunidad científica.

El primer requisito que se tiene que cumplir es que esa actuación haya sido contraria a la citada Lex Artis.

Hay que tener en cuenta que existen los llamados riesgos descritos, que son aquellos que pueden producirse aún cuando se haya actuado correctamente por parte de los profesionales sanitarios (ya los explicaremos en otro post).

 

2.- Resultado dañoso.

Este es un punto importante a tener en cuenta, puesto que, si una persona no ha sufrido un daño efectivo y evaluable económicamente, no es posible reclamar. El daño puede haber sido tanto físico como material, como por ejemplo unos gastos que no tendrían que haberse ocasionado de haber actuado los profesionales correctamente.

 

3.- Que exista una relación de causalidad entre ambos elementos.

Es decir, que el daño o lesión patrimonial que haya sufrido el reclamante, tiene que ser consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la administración (de los profesionales sanitarios), y esa relación ha de ser directa e inmediata, no teniendo en cuenta la intervención de elementos ajenos que pudieran influir.

Los daños que sean consecuencia de la propia patología del paciente no se consideran como resultado dañoso.